19 de mayo de 2024 22:52
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Convocatoria abierta para moderadores en debates electorales en Quintana Roo

Convocatoria abierta para moderadores en debates electorales en Quintana Roo

Chetumal, Quintana Roo, 1 de mayo de 2024. – Durante una sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), liderado por la consejera presidenta Rubí Pacheco Pérez, ha dado luz verde a la convocatoria destinada a la elección de moderadores para los debates entre las candidaturas a las alcaldías y diputaciones locales bajo el principio de mayoría relativa en el estado de Quintana Roo, para el Proceso Electoral Local 2024.

Según lo estipulado en la convocatoria, los interesados deben presentar su documentación en la Oficialía de Partes del Instituto, ubicada en la avenida Centenario número 680, colonia Isabel Tenorio, C.P. 77010, Chetumal, Quintana Roo, en horario de 09:00 a 18:00 horas, del 2 al 6 de mayo. El último día, 6 de mayo, las solicitudes pueden entregarse hasta las 23:59 horas o enviarse por correo electrónico a: [email protected].

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Los candidatos deben cumplir con los siguientes requisitos: experiencia en periodismo o análisis político; conocimientos en áreas de comunicación, periodismo y/o humanidades; experiencia en la conducción de programas de noticias o análisis político; conocimiento de los temas relevantes de la entidad; preferiblemente haber destacado en ámbitos social, académico, medios de comunicación locales y/o nacionales y análisis político, además de contar con experiencia en la moderación de debates políticos.

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Además, se requieren habilidades como el desarrollo de temas, habilidades de comunicación, conocimiento de comunicación política, conocimiento en la materia político-electoral y mantener una postura objetiva e imparcial.

Entre los requisitos adicionales se encuentran: ser ciudadano mexicano o naturalizado con plenos derechos políticos y civiles; no haber ocupado cargos directivos en comités nacionales, estatales o municipales, o equivalentes de partidos políticos, coaliciones o asociaciones políticas en los tres años anteriores a su designación; no haber ocupado cargos de elección popular ni ser candidato en los cuatro años previos a su designación; no ser funcionario electoral de órganos administrativos o jurisdiccionales a nivel local o federal; y no ser ministro religioso, entre otros.

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