25 de noviembre de 2024 09:31
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Expropiación de Terrenos en Quintana Roo para el Tren Maya

Expropiación de Terrenos en Quintana Roo para el Tren Maya

Ciudad de México – En un acto de interés público, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), en representación del gobierno federal, ha realizado la expropiación de un total de 64 propiedades destinadas al proyecto del Tren Maya, de las cuales 16 se ubican en Quintana Roo.

Mediante un decreto recién publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Sedatu ha anunciado que estas expropiaciones tienen como objetivo primordial la construcción de infraestructura en los tramos 3, 4, 5 y 6 del Tren Maya, siendo estos dos últimos tramos localizados en el estado de Quintana Roo.

Las propiedades objeto de expropiación se dividen de la siguiente manera: cinco de ellas se encuentran en el municipio de Solidaridad, otras cinco en Tulum, cuatro en Othón P. Blanco, una en Tulum y una más en Bacalar. Además, existen otras propiedades en los municipios de Maxcanú, Chocholá, Umán, Mérida, Kanasín, Tixpéhual, Tixkokob, Cacalchén, Izamal, Sudzal, Chemax y Valladolid, ubicados en el estado de Yucatán.

En conjunto, estas propiedades expropiadas abarcan una extensión total de 711,120.554 metros cuadrados. Según el decreto, Fonatur está obligado a realizar un pago de indemnización basado en el avalúo emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales por la superficie que se expropia. La Sedatu tomará medidas una vez que Fonatur Tren Maya haya cumplido con el pago o depósito de la indemnización.

El decreto establece que en caso de que estos bienes expropiados se destinen a un propósito diferente al indicado en el decreto original o si, después de 5 años, no se cumple con la causa de interés público, el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal podrá emprender acciones para solicitar la reversión parcial o total de los bienes expropiados y su incorporación a su patrimonio correspondiente.

De acuerdo con este decreto, emitido el 31 de octubre por Román Meyer Falcón, titular de la Sedatu, las propiedades objeto de expropiación solo podrán ser ocupadas de manera definitiva una vez que se realice el pago correspondiente al ejido o a las personas que demuestren tener derechos sobre tierras de uso común en la proporción que les corresponda.

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