En la Ciudad de México, el 21 de febrero del 2024, el Senado ha dado luz verde a una reforma crucial en la Ley Federal del Trabajo, marcando un hito en el reconocimiento de los derechos de los trabajadores. Esta reforma, conocida como la “Ley Silla”, se centra en otorgar a los empleados el derecho a descansar sentados durante su jornada laboral, especialmente en sectores como servicios, comercio y campos laborales afines.
La votación unánime de 82 senadores a favor de la Ley Silla implica la modificación de cinco artículos clave de la Ley Federal del Trabajo, con el objetivo primordial de asegurar el derecho al descanso de los trabajadores en sus lugares de trabajo.
Una de las disposiciones más significativas de esta reforma es la prohibición expresa a los empleadores de exigir a sus empleados permanecer de pie durante toda su jornada laboral.
La Ley Silla establece como obligación para los empleadores proporcionar asientos con respaldo para que los trabajadores descansen adecuadamente durante su día laboral. Esta medida es especialmente relevante en sectores como servicios, comercio y campos laborales similares. En otras industrias, esta normativa se aplicará únicamente si las tareas desempeñadas permiten el descanso sentado.
El propósito fundamental de esta reforma es salvaguardar la salud y el bienestar de los trabajadores, evitando los riesgos asociados con largos períodos de trabajo de pie, que pueden conducir a problemas de salud como fatiga, trastornos circulatorios, lesiones musculoesqueléticas y otras dolencias.
Con la aprobación en el Senado, la Ley Silla ha superado una etapa crucial en el proceso legislativo. Sin embargo, su implementación final requiere la revisión y ratificación por parte de la Cámara de Diputados. Si el dictamen permanece sin cambios en esta instancia, las empresas tendrán un plazo de 180 días para adecuarse a las nuevas disposiciones una vez que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
El incumplimiento de esta normativa puede acarrear sanciones económicas que oscilan entre los 27,142 y los 542,850 pesos. Asimismo, la falta de proporcionar asientos con respaldo o la exigencia de permanecer de pie durante toda la jornada laboral podría resultar en multas que van desde los 5,428 hasta los 542,850 pesos.